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Concepto de SuperSociedades relacionado con documentos de libranza y su validez frente a nuevos pagadores o empleadores cuando adolecen de información suficiente para atender los descuentos que se pretenden autorizar

Escrito por  Nov 05, 2021

A través del concepto 220-154350-2021, SuperSociedades  indicó que un documento que no indique en forma clara, detallada y específica el nombre del empleado, del empleador, del monto del crédito, los descuentos y su periodicidad, así como la firma e identificación del beneficiario con la autorización expresa del descuento, no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3º de la Ley 1527 de 2012 y no tiene el alcance del crédito de libranza descrito en la ley.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Noviembre 2021 16:40