En el proceso de capitalización autorizado en el artículo 1° de esta ley, se garantizará que la Nación conserve, como mínimo, el ochenta y ocho puntos cuarenta y nueve por ciento (88.49%) de la propiedad accionaria de Ecopetrol S.A."
A través del presente proyecto de ley se buscaría la adopción de medidas tendientes a fortalecer a Ecopetrol S.A. en el desarrollo de sus actividades, evitar que la nación pierda participación accionaria en la empresa Ecopetrol S.A. A demás, se busca la modificación del artículo 2º de la Ley 1118 de 2006 estableciendo "
En el proceso de capitalización autorizado en el artículo 1° de esta ley, se garantizará que la Nación conserve, como mínimo, el ochenta y ocho puntos cuarenta y nueve por ciento (88.49%) de la propiedad accionaria de Ecopetrol S.A."