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Domingo, 15 Febrero 2026

Edición 1584 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través del acto administrativo se decide reanudar los términos procesales en las actuaciones disciplinarias que se adelantan en la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas a partir del primero de julio de 2020.

A través de una circular, la ADR se dirige a la Vicepresidencia de Integración Productiva, para informar que es responsabilidad de esta o de quien este delegue, remitir los documentos que presten mérito ejecutivo y que soporten la cartera por concepto de tasa por la prestación del servicio público de adecuación de tierras, recuperación de inversiones o transferencias de Distritos.

El Ministerio de Transporte adoptó el “Protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus covid-19, en la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – CORMAGDALENA”, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.

A través del acto administrativo se adopta la tarifa mínima (TM) para la determinación del monto a cobrar por concepto de la tasa compensatoria por aprovechamiento forestal maderables, de conformidad con el artículo 4 de la Resolución 1479 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para el período comprendido entre el 9 de agosto de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, la suma de m/cte $29.492.

A consideración de la ADR, desde el punto de vista jurídico es viable solicitar al Titular la autorización referente al tratamiento de datos en los formularios dispuestos para la estrategia conjunta para la captura y gestión de información que facilite la conexión de productores y compradores en los territorios, no obstante, se recomienda revisar y completar el contenido de la solicitud de autorización en los términos legalmente establecidos.

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