Para la Sala, a efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, los derechos fiduciarios son representativos de los activos subyacentes del patrimonio autónomo y, por ello, tienen la calidad y naturaleza tributaria de tales activos, de manera que el fideicomitente titular de tales derechos fiduciarios conserva, a través de estos, las características de aquellos.
Una, es la corrección en bancos, prevista en el artículo 588 del Estatuto Tributario, que procede, en general, con el fin de aumentar el valor a pagar o disminuir el saldo a favor. El otro es el consagrado en el artículo 589 del Estatuto Tributario, que procede, en términos generales, cuando se disminuye el valor a pagar o se aumenta el saldo a favor en la declaración privada, en donde el contribuyente, responsable o agente retenedor debe presentar la solicitud a la Administración de Impuestos y Aduanas
El Consejo de Estado se pronunció sobre el proceso para las correcciones tributarias estableciendo que, los contribuyentes, responsables o agentes retenedores podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos,
La Sala encuentra justificada la restricción del derecho a la locomoción con el fin de proteger la salud y vida del demandante, por cuenta de la emergencia sanitaria en la que el Gobierno restringió la movilidad de los adultos mayores y evitar la propagación del Covid-19.
La Ley 909 de 2005 definió, entre otros aspectos, las normas que regulan el empleo público y la carrera administrativa y en el artículo 4 precisó que los sistemas específicos de carrera son aquellos que contienen regulaciones específicas en cuanto al ingreso, capacitación, permanencia, ascenso y retiro del personal, en consideración a la especialidad de las funciones que algunas entidades cumplen, entre ellas las superintendencias, la vigilancia y control de estas normas están a cargo de la Comisión Nacional del