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Martes, 07 Julio 2026

Edición 1675 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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De acuerdo con el concepto publicado por SuperSociedades la prima en emisión de acciones es la diferencia entre el valor nominal y el valor pagado por la acción, se trata entonces de una ganancia obtenida por la compañía, que por regla general se lleva a cabo a través de una oferta de acciones conforme a lo dispuesto en la ley, los estatutos y en particular al reglamento.

De acuerdo con el concepto publicado por SuperSociedades, ninguna de las atribuciones que le otorga la Ley le permite a la Superintendencia de Sociedades conferir auxilios ni beneficios económicos para los acreedores que participan en el proceso de insolvencia. La función de la Superintendencia en estos procesos es la de Juez del Concurso,

“Dentro de los documentos exigidos por el artículo 13 de la Ley 1116 de 2006, que deben acompañase a la solicitud de inicio del proceso reorganización por parte del deudor o de este y sus acreedores, no se encuentra la autorización del máximo órgano social.” Así lo estableció la SuperSociedades a través de la publicación de un concepto.

De acuerdo con el concepto publicado por SuperSociedades, la sociedad por acciones simplificada se disolverá por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante documento inscrito en el Registro mercantil antes de su expiración.

De acuerdo con la doctrina publicada por SuperSociedades, las acciones son libremente negociables salvo, entre otras excepciones, las acciones comunes respecto de las cuales se haya pactado expresamente el derecho de preferencia