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prensa juridica

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La CRA aclaró que el cobro del servicio de aseo a través de la factura de energía en Bogotá debe realizarse mediante convenios de facturación conjunta suscritos entre prestadores del servicio, sin requerir autorización previa de la Comisión. La facturación conjunta está regulada por la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y resoluciones CRA 778 de 2016 y 943 de 2021, que establecen las condiciones y obligaciones para estos acuerdos, incluyendo la justificación de costos y la transparencia en la metodología tarifaria. La CRA señaló que no expide actos administrativos particulares ni cuenta con estudios o convenios específicos sobre este cambio, y que la supervisión corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y otros organismos.

La CGR emitió un concepto sobre la destinación de recursos públicos del sistema de salud para cubrir servicios públicos domiciliarios, como la energía eléctrica necesaria para equipos médicos en el hogar, ordenados por médicos tratantes y amparados por fallos de tutela. La CGR indicó que las entidades deben cumplir inmediatamente estos fallos, pero no corresponde al órgano de control fiscal determinar la legalidad o mecanismos presupuestales para ello. La Corte Constitucional ha establecido que, en casos de vulnerabilidad económica, las EPS deben garantizar el acceso al servicio médico, evaluando si asumen los costos del consumo eléctrico vinculado a dispositivos médicos, considerando accesibilidad económica, progresividad y sostenibilidad del sistema.

El Consejo de Estado declaró infundado el recurso extraordinario de anulación presentado por la Empresa de Aseo Chigorodó ESP contra el laudo arbitral de septiembre de 2025 que validó el contrato de disposición final de residuos sólidos celebrado con Futuraseo SAS ESP y la condenó a pagar más de $2.763 millones por cláusula penal e incumplimiento en el pago de facturas entre 2020 y 2023. La corporación concluyó que el recurso pretendía reabrir el debate probatorio y contractual, lo cual excede el alcance excepcional de la anulación arbitral. Aunque reconoció que el árbitro interpretó erradamente una norma al negar algunos testimonios, señaló que Aseo Chigorodó no demostró cómo esas pruebas habrían cambiado el sentido del laudo. Además, descartó la supuesta incongruencia de la decisión, al considerar que el error de digitación en la demanda sobre la EAAB no afectó el derecho de defensa, pues la empresa entendió desde el inicio que la controversia giraba alrededor del contrato del relleno sanitario “El Tejar”.

La Entidad precisó que el ordenamiento jurídico minero colombiano ha avanzado hacia la adopción de un modelo estandarizado para la delimitación y gestión de las áreas mineras, basado en el sistema de cuadrícula minera. En las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo País”, se dispuso que la geometría irregular de los títulos mineros ha originado áreas no asignadas entre una y otra concesión y consecuentemente un fenómeno de especulación sobre las mismas, situación que llevó a evaluar la necesidad de migrar hacia un sistema de grilla o cuadrícula para el mejor aprovechamiento del potencial minero en el territorio nacional. Lo cual, a su vez, se traduce en una mayor seguridad jurídica y en una mejor administración y gestión del recurso minero por parte de la autoridad minera nacional.

La ANM hizo claridades sobre el desistimiento en el trámite de cesión de derechos de contratos de concesión minera, señalando que este proceso es un acto jurídico bilateral que involucra al cedente, cesionario y al Estado como parte contractual. Por ello, el desistimiento unilateral carece de procedencia legal, ya que la solicitud de cesión nace de un acuerdo conjunto que no puede ser revocado sin la manifestación expresa de ambas partes. No obstante, excepcionalmente se permite el desistimiento unilateral cuando exista una cláusula contractual que lo autorice, siempre que no contravenga el orden público ni las buenas costumbres.

El Ministerio de Vivienda impulsa una regulación para reglamentar el mecanismo especial de apoyo, buscando impulsar la inversión y sostenibilidad de los sistemas de aprovisionamiento de agua gestionados por comunidades. Esta iniciativa, derivada de la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1077 de 2015, pretende fortalecer la gestión comunitaria del agua y el saneamiento básico, facilitando el acceso a recursos financieros para la construcción, ampliación, optimización, reconstrucción, rehabilitación o gestión del riesgo de infraestructuras. Se financiarán equipos, materiales, repuestos, y costos administrativos y operativos, promoviendo convenios solidarios con gestores comunitarios para asegurar un servicio público eficiente y sostenible, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo y los preceptos constitucionales sobre el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población

El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó un proyecto de decreto para declarar una Zona Especial de Intervención Fronteriza (ZEIF) en varios municipios de Nariño y Putumayo. Esta medida excepcional busca conjurar los graves impactos económicos y sociales derivados de las acciones unilaterales de Ecuador desde diciembre de 2025, que han distorsionado el comercio, la movilidad y el abastecimiento en la frontera.

El ministerio de Agricultura publicó un proyecto de resolución destinado a actualizar y robustecer el marco regulatorio para los bioinsumos de uso agrícola en el país. La iniciativa establece requisitos claros para el registro de productores, envasadores, importadores y distribuidores, así como para el control y la inscripción de los productos mismos. Busca asegurar altos estándares de calidad, seguridad y eficacia, protegiendo la sanidad agrícola y la inocuidad de los alimentos, al tiempo que impulsa la competitividad del sector. La normativa incorpora procesos digitalizados a través de la plataforma SimplifICA, agilizando trámites y abordando aspectos cruciales desde la definición de bioinsumos hasta la aprobación de ensayos agronómicos, sustituyendo la Resolución 68370 de 2020 para alinearse con los avances del sector.