La resolución de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) establece el Cargo de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) para los municipios de Coper, Maripí, Pauna y San Pablo de Borbur en Boyacá, en respuesta a la solicitud de DISTICON S.A.S. E.S.P. A pesar de no atender el requerimiento inicial, se continuó el análisis, confirmando que el sistema de distribución propuesto cumple con las regulaciones. La resolución también indica que el cálculo tarifario y consideraciones de competencia están documentados en CREG 902 070 de 2024. Se aplicará una única fórmula tarifaria, conforme a las normas pertinentes, y la resolución será notificada a DISTICON, con posibilidad de recurso de reposición ante la CREG.
La CREG anunció la ampliación del plazo para recopilar opiniones y mejorar el análisis relacionado con la metodología de remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería. A raíz de solicitudes de empresas como Naturgas, EPM E.S.P., Surtigas S.A. E.S.P. y Gases de Occidente S.A. E.S.P., el nuevo plazo se extiende hasta el 28 de febrero de 2025. Esta decisión busca asegurar que todos los agentes tengan suficiente tiempo para contribuir con sus observaciones en este importante tema regulatorio.
El evento se celebrará el 30 de enero de 2025, de 11:00 am a 1:00 pm, en las instalaciones de la CREG en Bogotá. La CREG invita a los agentes del mercado mayorista de gas natural y a terceros interesados a un taller sobre la elaboración de una propuesta de diseño regulatorio para la comercialización de gas natural importado en ColombiaDurante el taller se abordarán aspectos como las características y funciones de la comercialización de gas natural importado, así como los servicios asociados como cargue, descargue, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado. La grabación del evento estará disponible en el canal de YouTube de la CREG posteriormente.
El Consejo de Estado analizó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que se inhibió de fallar sobre la demanda presentada contra la Resolución 041 de 2010 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Esta resolución estableció la sustitución de gas natural por combustibles líquidos, lo que generó costos adicionales para ciertos usuarios, afectando a las empresas demandantes. El Consejo consideró que la inhibición del tribunal fue injustificada, ya que el acceso a la administración de justicia implica el derecho a obtener una decisión fundamentada sobre el fondo del asunto.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios busca derogar los artículos 1 a 5 de la Resolución No. SSPD 20201000057975 del 14 de diciembre de 2020 debido a la promulgación del Decreto 1467 de 2024. Este nuevo decreto introduce definiciones y regulaciones actualizadas sobre la comercialización de gas importado y la operación de infraestructura de regasificación, lo que hace que las disposiciones anteriores queden obsoletas. La derogación es necesaria para asegurar que el marco regulatorio se adapte a las nuevas realidades del sector, garantizando una gestión más clara y eficiente de las actividades relacionadas con el gas natural. Aunque se derogan estos artículos, se mantienen vigentes otras disposiciones de la resolución que son esenciales para la supervisión y control de los prestadores de servicios públicos, asegurando así la continuidad en la regulación donde sea necesario.