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Proyecto de norma

Proyecto de norma (175)

El Gobierno presentó un proyecto de Política Nacional para la reducción y sustitución de plásticos de un solo uso (PUSU), buscando transformar profundamente su modelo productivo y de consumo. Los comentarios se recibirán hasta el 1 de julio a los correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El documento, elaborado por MinAmbiente, diagnostica la compleja problemática de los PUSU, señalando sus graves impactos ambientales, sociales y económicos, y la persistencia de un modelo lineal. La iniciativa, que se alinea con la Ley 2232 de 2022 y el Plan Nacional de Desarrollo, va más allá de las prohibiciones. Propone un enfoque integral y gradual para transitar hacia una economía circular para el año 2040. Las estrategias clave incluyen el fomento del ecodiseño y alternativas sostenibles, el fortalecimiento de la responsabilidad extendida del productor para impulsar el reciclaje y aprovechamiento, y el desarrollo de capacidades para la reconversión productiva, especialmente en micro y pequeñas empresas. Además, se busca generar un cambio cultural en el consumo responsable y fortalecer la gobernanza y articulación interinstitucional para una gestión eficiente y transparente, incluyendo el fomento de la trazabilidad y la inversión en infraestructura. Este plan busca posicionar a Colombia como referente regional en la gestión sostenible de plásticos, protegiendo ecosistemas y fomentando una cadena de valor inclusiva.
El Ministerio de Ambiente publicó un proyecto de resolución que busca adoptar nuevos Términos de Referencia (TdR - 023) para la elaboración del Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) en proyectos de infraestructura de transporte, específicamente puertos y aeropuertos. Esta iniciativa busca actualizar los lineamientos genéricos previos (Resolución 1255 de 2006) para ajustarse al Decreto 1076 de 2015, ofreciendo requisitos más detallados y específicos para cada sector. Los solicitantes de licencias ambientales deberán adaptar estos términos a sus proyectos, justificar la omisión de información no pertinente y, si fuera necesario, la autoridad ambiental podrá solicitar datos adicionales. Se contempla un régimen de transición para estudios ya iniciados o que se presenten en los próximos seis meses bajo la normativa anterior.
El Ministerio de Ambiente presentó un proyecto para fijar los parámetros y límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales de Aguas Residuales No Domésticas Tratadas (ARnD-T) directamente al suelo, buscando proteger este recurso vital. Estos límites se establecen fundamentalmente mediante una "Guía para la Determinación de las Categorías del Suelo como matriz Receptora de Vertimientos de ARnD-T", la cual clasifica el terreno en categorías (I, II y III) basándose en la información proporcionada por el usuario. La resolución detalla tablas con parámetros fisicoquímicos y microbiológicos como pH, Demanda Química de Oxígeno (DQO), Sólidos Suspendidos Totales (SST), grasas, aceites, compuestos de nitrógeno y metales, cuyos valores máximos permisibles difieren según la categoría del suelo y la actividad económica específica (ej. prestadores de alcantarillado, agroindustria). Además, se fija un límite de temperatura.
El Ministerio de Ambiente publicó una iniciativa para establecer cómo se debe adelantar la delimitación progresiva de los ecosistemas de páramo en Colombia. Este enfoque responde a órdenes judiciales que exigían mayor participación ciudadana, como la Sentencia T-361 de 2017, la cual dejó sin efecto delimitaciones previas por falta de consulta efectiva. La iniciativa permitirá formalizar los avances logrados en los procesos participativos, reconociendo los acuerdos y consensos alcanzados en diferentes municipios mediante la expedición de actos administrativos. El objetivo es evitar el estancamiento, desincentivar a las comunidades y, sobre todo, habilitar la implementación temprana de medidas de protección, restauración y gestión social contempladas en la Ley 1930 de 2018, garantizando la continuidad e integralidad de la protección de estos ecosistemas estratégicos vitales para el recurso hídrico.
El Ministerio de Ambiente ha propuesto reglamentar la gestión comunitaria del agua y saneamiento básico en Colombia, actualizando el Decreto 1076 de 2015 y desarrollando la Ley 2294 de 2023. Este decreto facilita la labor de los Gestores Comunitarios del Agua y Saneamiento Básico al establecer que no requerirán concesión de aguas para consumos inferiores a 1.0 litros por segundo destinados a uso humano o subsistencia rural, siempre y cuando se inscriban en el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico (RURH) y la fuente no esté agotada o en proceso de reglamentación. Asimismo, estos gestores estarán exentos de presentar el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) para caudales de entre 1.0 lps y 4.0 lps destinados a consumo humano y doméstico. Adicionalmente, los proyectos de reúso de aguas residuales domésticas tratadas para actividades agrícolas o industriales, con caudales inferiores a 1.0 lps y que cumplan con los criterios de calidad vigentes, tampoco requerirán concesión de aguas. El decreto subraya la importancia de la corresponsabilidad ambiental de los gestores en la conservación y eficiencia del recurso, comprometiendo a las entidades territoriales, el Sector Vivienda y la Autoridad Ambiental competente a brindar acompañamiento técnico y financiero para fortalecer estas iniciativas comunitarias, buscando empoderar a las comunidades y promover una gestión hídrica sostenible.

El Ministerio de Ambiente impulsa un proyecto de norma para reglamentar la Ley 2450 de 2025, la "Ley contra el ruido". Este proyecto establece la Comisión Intersectorial para el Seguimiento e Implementación de la Política de Calidad Acústica, un organismo técnico y consultivo encargado de coordinar, formular e implementar una estrategia integral frente a la contaminación sonora, reconocida por la OMS como el segundo factor ambiental más perjudicial para la salud. Liderada por los Ministerios de Salud y Ambiente, la comisión involucrará a diversas entidades y sectores para salvaguardar el bienestar, la convivencia y los derechos fundamentales, promoviendo la armonización normativa y la participación ciudadana. Sus funciones abarcan desde el seguimiento de indicadores hasta la identificación de barreras, con el fin de controlar los impactos del ruido y las vibraciones en todo el país.

El proyecto busca adoptar una nueva Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales (MGEPEA), instrumento de obligatorio cumplimiento para los proyectos, obras y actividades que requieren licencia ambiental en Colombia. La propuesta reemplazaría la metodología vigente desde 2018 e incorpora lineamientos para evaluar los impactos asociados al cambio climático, incluyendo la cuantificación de emisiones de gases de efecto invernadero y medidas de adaptación y mitigación. Asimismo, actualiza criterios para la delimitación de áreas de influencia, la caracterización ambiental, la evaluación de impactos, la selección de alternativas de diseño, ubicación y tecnología, y fortalece el acceso a la información y la participación ciudadana en los procesos de licenciamiento ambiental, en línea con el Acuerdo de Escazú y las metas nacionales de sostenibilidad.

El Ministerio de Ambiente sometió a consulta pública un proyecto de resolución mediante el cual adopta nuevos términos de referencia para la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) requeridos en los proyectos de construcción y operación de rellenos sanitarios. La propuesta actualiza los lineamientos vigentes desde 2006 para ajustarlos a la normativa ambiental actual, incorporar criterios relacionados con la mitigación y adaptación al cambio climático, y atender los lineamientos fijados por la Corte Constitucional sobre la evaluación de los impactos climáticos de los proyectos sujetos a licenciamiento ambiental. El proyecto también define reglas de transición para los trámites en curso y establece la obligación de considerar las perspectivas culturales de las comunidades étnicas presentes en las áreas de influencia de estas iniciativas.

El Ministerio de Ambiente publicó un proyecto de resolución para modificar la Resolución 667 de 2016 y actualizar los indicadores mínimos de gestión, los indicadores complementarios y los informes de seguimiento que deben presentar las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) y de Desarrollo Sostenible sobre la ejecución de sus Planes de Acción Cuatrienal. La propuesta incorpora nuevos indicadores asociados a planificación ambiental, gestión del recurso hídrico, cambio climático, áreas protegidas, restauración de ecosistemas, economía circular y control ambiental, además de establecer criterios metodológicos para los indicadores complementarios. Asimismo, ajusta la periodicidad, contenido y reporte de los informes semestrales y anuales a través del Sistema de Información para la Planeación y Gestión Ambiental (SIPGA), con el propósito de fortalecer el seguimiento a la gestión de las CAR, mejorar la calidad de la información y evaluar su contribución al cumplimiento de las políticas ambientales nacionales y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Con esta propuesta se busca reglamentar parcialmente el artículo 22 de la Ley 2169 de 2021 y establecer el marco normativo e institucional de los mercados de carbono en Colombia mediante la incorporación de un nuevo capítulo al Decreto 1076 de 2015. La propuesta crea el Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado e Instrumentos de Precio al Carbono, coordinado por el Ministerio de Ambiente, con participación de entidades como el IDEAM, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Comercio y la Superintendencia de Industria y Comercio. El proyecto define principios, criterios y condiciones para la participación de iniciativas de mitigación de gases de efecto invernadero, regula mecanismos como el impuesto al carbono, los pagos por resultados y los mercados de carbono voluntarios y de cumplimiento, e incorpora requisitos de transparencia, monitoreo, verificación, salvaguardas sociales y ambientales y prevención de la doble contabilidad, con el propósito de fortalecer la integridad ambiental y contribuir al cumplimiento de las metas climáticas nacionales y del Acuerdo de París.