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Proyecto de norma

Proyecto de norma (90)

A través de este proyecto de norma el Ministerio de Ambiente busca formalizar el registro de la Reserva Forestal Protectora Nacional Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque en el RUNAP bajo la categoría de Reserva Forestal Protectora Nacional, para lo cual incluye información relacionada con sus límites cartográficos, objetivos y objetos de conservación y usos permitidos. Los comentarios se recibirán hasta el 25 de septiembre.

El ministerio de Ambiente recibirá comentarios hasta el 25 de septiembre al proyecto de norma que formaliza el registro de la Reserva Forestal Protectora Nacional Quebrada La Valenzuela en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas -RUNAP-. Los objetos de conservación de la Reserva Forestal Protectora Nacional Quebrada La Valenzuela son: 1. Coberturas naturales que representan el ecosistema de Arbustales y matorrales medio seco en lomerío estructural-erosional (AMMSELS) y Bosque medio húmedo en montaña fluvio-gravitacional (BOMHUMH). 2. Red hídrica superficial de la hoya hidrográfica de la Quebrada La Valenzuela, que nace y desemboca en los límites geográficos de la RFPN Quebrada La Valenzuela. 3. Grupo de orquídeas (especialmente la azucena Cattleya quadricolor). 4. Coberturas productivas (silvopastoril y agroforestal).5. Recursos hidrobiológicos de la quebrada La Valenzuela.

Las observaciones pueden enviarse a los correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El ministerio de Ambiente recibirá comentarios al proyecto de norma por medio de la cual se reglamenta la Licencia Ambiental Temporal en el marco del Plan Único de Legalización y Formalización Minera que trata la Ley 2250 de 2022. “Una vez las autoridades ambientales competentes cuenten con un concepto técnico de evaluación final de viabilidad del estudio de impacto ambiental para otorgar la Licencia Ambiental Temporal en el marco del Plan Único de Legalización y Formalización Minera de la Ley 2250 de 2022, este concepto deberá ser trasladado en los términos de la Ley 1437 de 2011 para lo de su competencia al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, incluyendo la información cartográfica completa en formato shapefile que soporta el plano (uno) 1 de los Términos de Referencia, en el cual se encuentra el área de actividad minera en proceso de formalización que va a ser viabilizada en la Licencia Ambiental Temporal que trata la presente resolución”.

Los comentarios y sugerencias serán recibidos hasta el 20 de septiembre a través del correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El proyecto de acto administrativo busca formalizar el registro de la Reserva Forestal Protectora Nacional de Carauta en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas -RUNAP-, bajo la categoría de Reserva Forestal Protectora Nacional, para lo cual se precisan los límites cartográficos y se incluye información relacionada con los objetivos y objetos de conservación, y usos permitidos.

Los comentarios podrán enviarse al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., hasta el 19 de septiembre. Con este proyecto de norma el ministerio propone establecer directrices para la suscripción y terminación unilateral de los acuerdos voluntarios de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad. Previo a la suscripción de acuerdos voluntarios de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad, las partes deberán incluir una cláusula en la que se establezca que los acuerdos de conservación serán terminados unilateralmente por parte del interesado en el servicio ambiental o la entidad del Sector Ambiente encargada de la verificación del cumplimiento de las acciones de preservación y/o restauración, cuando el beneficiario incurra en alguna de las causales de que trata el artículo 4 de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas civiles y comerciales sobre el asunto.

A través de este proyecto de acto administrativo, el Ministerio de Ambiente busca establecer directrices técnicas para la estimación del valor del incentivo de Pagos por Servicios Ambientales en sistemas productivos en las áreas y ecosistemas estratégicos y se adopta la Herramienta de Identificación de Criterios Socioambientales para la estimación del valor del incentivo Pagos por Servicios Ambientales-PSA-. Los comentarios se recibirán hasta el 19 de septiembre. La Herramienta de Identificación de Criterios Socioambientales para la estimación del valor del incentivo Pagos por Servicios Ambientales podrá actualizarse por la Oficina de Negocios Verdes y Sostenibles del Ministerio de Ambiente o la dependencia que haga sus veces, cuando esta lo considere pertinente, con base en los criterios definidos en el artículo 7 de la presente Resolución y deberá publicarse en la página web de esta Cartera Ministerial.

Lo anterior en virtud a que el artículo 3 de la Resolución 1023 de 2005 estableció la numeración de las guías ambientales clasificadas por sectores, limitando la asignación de códigos a nuevas guías para un mismo sector, por lo que resulta necesario asignar a las guías códigos actualizados de forma consecutiva. El proyecto de norma busca para incorporar la Guía ambiental para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil o desintegración vehicular, como instrumento de autogestión y autorregulación de las empresas que están habilitadas para prestar el servicio de desintegración vehicular, así como de consulta y referencia de carácter conceptual y metodológico tanto para las entidades desintegradoras como para las autoridades ambientales.  Los comentarios se recibirán hasta el 18 de septiembre.

Para la Entidad, es necesario reglamentar las bases estructurales del PNCTE para dar señales claras, oficiales y oportunas a los grupos de interés que puedan estar relacionados con su funcionamiento. Los comentarios se recibirán a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El proyecto de decreto tiene por objeto reglamentar el Programa Nacional de Cupos Transables de Emisión de gases de efecto invernadero (PNCTE) y su puesta en operación. En éste se define qué son los Programas de certificación de GEI o Estándares de carbono.

A través de ese proyecto de Ato administrativo se establece la Guía para la formulación, implementación, seguimiento, evaluación y articulación de los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Sectoriales (PIGCCS) con los demás instrumentos de planificación del territorio y del desarrollo. Los textos adjuntos de los anexos de esta noticia contienen, entre otros, los formatos para compilar información de acciones y la relación entre categorías IPCC y sectores económicos.

Los comentarios deberán enviarse al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., hasta el 24 de agosto. El proyecto de norma declara reservada un área de carácter temporal como zona de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente de los municipios Becerril, El Paso, La Jagua de Ibirico del Departamento del Cesar, con el propósito de evaluar técnicamente alternativas para la prestación de servicios públicos, transición energética y diversificación productiva.