El comunicado de prensa que sintetiza la decisión de la Corte Constitucional añadió que: “El Alto Tribunal decidió acumular tres tutelas que presentaron habitantes de calle contra dicha Alcaldía, luego de que solicitaran ingreso en el preventorio de la ciudad, un albergue que atendía a las personas en situación de indigencia durante la cuarentena.
De un lado, la Corte declaró constitucional el trámite legislativo del Proyecto de Ley Estatutaria número 213/18 Cámara, 091/18 Senado, “por medio de la cual se crea el registro de deudores alimentarios morosos (REDAM); sin embargo, declaró inexequibles varios apartados del proyecto: la expresión “Estando en
“La jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional ha reconocido que los menores adultos tienen derecho a decidir o participar en las decisiones que afectan su salud y su vida”,
La decisión fue adoptada por la Corte Constitucional al resolver una tutela a favor de estas comunidades indígenas que llevan varios años solicitando la conformación legal de sus resguardos.
“La Corte estudió la demanda contra el artículo 243 de la Ley 1955 de 2019, mediante el cual se modificó el artículo 155 de la Ley 100 de 1993,
La Corte conoció de una demanda “de inconstitucionalidad en contra de los artículos 1°, 13 y 13A de la Ley 55 de 1985. Según la accionante,
La Corte se declaró inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo en relación con los cargos formulados contra el artículo 136 (parcial)- “Reducción de la multa.
La Corte concluyó “que al teletrabajo le es aplicable el tope de la jornada máxima laboral semanal definida en la ley,
La Corte decidió estarse a lo resuelto en las sentencias C-056 de 1996 y C-070 de 1993, mediante las cuales se declararon exequibles las expresiones demandadas del artículo
La Relatoría de la Corte elaboró documento que contiene la síntesis de sentencias de tutela, constitucionalidad y autos,