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SSPD: asentamientos indígenas serán considerados como estrato 1 y, por ende, recibirán tratamiento especial

Escrito por  May 04, 2020

Los asentamientos indígenas ubicados en la zona rural dispersa recibirán un tratamiento especial en cuanto a subsidios y contribuciones de servicios públicos domiciliarios,

que dependa de su clasificación según condiciones socioeconómicas y culturales, aspectos que definirá el Departamento Nacional de Planeación a más tardar doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 732 de 2. Hasta tanto, se considerarán clasificados en estrato 1.

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