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DIAN precisa aplicación de incentivos tributarios para proyectos de generación con Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE)

Escrito por  Sep 01, 2026

 La DIAN clarificó que los incentivos tributarios para la generación de energía con fuentes no convencionales (FNCE) y la gestión eficiente de la energía, como la exclusión del IVA y las exenciones arancelarias, se aplican prioritariamente en función del bien y su finalidad, y no de la categoría de registro (solicitante principal, secundario o proveedor) en el certificado de la UPME. La exclusión del IVA cubre equipos y servicios destinados a la inversión en FNCE, siempre que estén certificados. El "inversionista" (quien efectúa la inversión) puede solicitar la devolución del IVA si la certificación se expide post-adquisición. Las exenciones arancelarias benefician a los titulares de nuevas inversiones en estos proyectos.

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Modificado por última vez en Lunes, 31 Agosto 2026 18:56