La DIAN clarificó que los incentivos tributarios para la generación de energía con fuentes no convencionales (FNCE) y la gestión eficiente de la energía, como la exclusión del IVA y las exenciones arancelarias, se aplican prioritariamente en función del bien y su finalidad, y no de la categoría de registro (solicitante principal, secundario o proveedor) en el certificado de la UPME. La exclusión del IVA cubre equipos y servicios destinados a la inversión en FNCE, siempre que estén certificados. El "inversionista" (quien efectúa la inversión) puede solicitar la devolución del IVA si la certificación se expide post-adquisición. Las exenciones arancelarias benefician a los titulares de nuevas inversiones en estos proyectos.