La DIAN estableció el procedimiento para el recaudo y pago de la tarifa del 0.1% sobre las operaciones de transporte terrestre de carga. Esta medida, basada en la Ley 2251 de 2022, aplica a servicios realizados en vehículos con un peso bruto superior a 10.5 toneladas. Las empresas transportadoras habilitadas actuarán como agentes de retención y deberán pagar mensualmente los recursos a la DIAN dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente al recaudo, utilizando el Formulario F490 con el concepto 81. El dinero recaudado se destinará a la subcuenta de Carga Pesada del Fondo Nacional de Modernización del Parque Automotor (FOPAT). La resolución entrará en vigencia el primer día calendario del mes siguiente a su expedición.