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CGR precisó el marco normativo e institucional del control fiscal ejercido por la Entidad, el papel que desempeñan las fuentes de criterio y los lineamientos contractuales en dicho proceso

Escrito por  Oct 01, 2025

De acuerdo con el documento, el control fiscal ejercido por la CGR se fundamenta en el artículo 267 de la Constitución Política y la Ley 42 de 1993, aplicando modalidades como el control posterior, selectivo, concomitante y preventivo, con sistemas financiero, de legalidad, gestión, resultados y revisión de cuentas. La CGR adopta estándares internacionales ISSAI, realizando auditorías de desempeño, cumplimiento y financieras, para evaluar eficiencia, eficacia y legalidad en el uso de recursos públicos. La determinación de fuentes de criterio y criterios de auditoría se realiza en cada ejercicio, basándose en normatividad vigente, conceptos jurídicos, documentos técnicos y lineamientos administrativos, según el objeto de evaluación y el juicio profesional del auditor. Estas fuentes guían la interpretación y aplicación del marco normativo en los procesos de control fiscal. 

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Modificado por última vez en Martes, 30 Septiembre 2025 19:50