El Departamento Nacional de Planeación (DNP) precisa que las entidades ejecutoras de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías (SGR) deben ser de naturaleza pública, incluyendo entidades territoriales y esquemas asociativos territoriales designados por las instancias competentes según la asignación del SGR, conforme a la Ley 2056 de 2020 y el Decreto 1821 de 2020. La designación es responsabilidad de las respectivas entidades o instancias aprobadoras, como los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) para ciertas asignaciones. Las entidades designadas son responsables física, financiera y contractualmente de la ejecución en estricta sujeción al régimen legal vigente, sin que existan disposiciones especiales que modifiquen el régimen contractual aplicable. Asimismo, deben garantizar la adecuada ejecución, supervisión, suministro oportuno de información y contratación necesaria para los proyectos. La relación contractual es exclusiva entre las partes, basada en la autonomía presupuestal y la capacidad legal para contratar.