La Entidad precisa que el Sistema General de Regalías (SGR) puede financiar recursos adicionales para actualizar estudios y diseños de un proyecto en ejecución, siempre que dichos ajustes no modifiquen el alcance del proyecto, entendido como los objetivos generales y específicos, productos y localización, según el artículo 1.2.1.2.14 del Decreto 1821 de 2020. Los ajustes deben tramitarse y registrarse en el Banco de Proyectos de Inversión del SGR conforme a los lineamientos del Acuerdo 03 de 2021 y su adicción, el Acuerdo 07 de 2022. Cambios significativos como aumento en el valor total o cambio de ejecutor requieren aprobación de la entidad que aprobó el proyecto. Finalmente, la etapa de inversión es temporal y la operación sostenible debe financiarse con recursos distintos al SGR.