Por otro lado, la ruptura del equilibrio económico se produce cuando hay una alteración en la correlación de las prestaciones iniciales debido a factores externos, como el "hecho del príncipe", el uso del "ius variandi", o la aplicación de teorías como la imprevisión. Esta situación no se considera un incumplimiento per se, sino que genera la obligación de restaurar el equilibrio contractual. Las consecuencias jurídicas de ambas figuras son diferentes, ya que el incumplimiento da derecho a resarcimiento, mientras que la ruptura implica un restablecimiento del equilibrio económico.