El Consejo de Estado declaró de oficio la nulidad de la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander que amparó los derechos colectivos al ambiente sano y a la seguridad y salubridad pública de residentes del barrio Riveras del Río, en Girón, por presunta contaminación auditiva y ambiental generada por el establecimiento Fuente de Soda Tres Esquinas J.C.D. La comunidad denunció ruido, afectaciones a la tranquilidad e irregularidades en el uso del suelo y funcionamiento del negocio. La Sala advirtió que la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) no fue vinculada al proceso, pese a sus competencias para evaluar, controlar y hacer seguimiento a la contaminación ambiental, medir los niveles de ruido e imponer medidas preventivas y sanciones. Por ello, ordenó al Tribunal vincular a la autoridad ambiental y continuar el trámite, para garantizar su derecho de defensa y la debida integración del contradictorio.