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Consejo de Estado negó a EMGESA nulidad contra los actos de la CAR que exigieron a Enel Colombia S.A. E.S.P. implementar un plan de contingencia por la suspensión del bombeo de aguas del río Bogotá al embalse del Muña

Escrito por  Nov 15, 2024

El Consejo de Estado rechazó la solicitud de nulidad presentada por EMGESA contra las resoluciones de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), que imponían a Enel Colombia S.A. ESP la obligación de implementar un plan de contingencia ante la posible suspensión del bombeo de aguas del río Bogotá al embalse del Muña. En su análisis, el Consejo destacó que las resoluciones estaban fundamentadas en estudios técnicos que evidenciaban riesgos significativos para la salud pública y el medio ambiente, en caso de que se interrumpiera el bombeo.

La Sala subrayó que la CAR actuó dentro de su competencia y que las medidas impuestas eran necesarias para mitigar los impactos negativos que podrían surgir de la suspensión del bombeo, como la generación de gases tóxicos y la afectación a la población en la cuenca baja del río. Además, se enfatizó que EMGESA no podía evadir su responsabilidad ambiental alegando que la suspensión del bombeo era improbable, ya que la empresa misma había reconocido los riesgos asociados. En consecuencia, el Consejo de Estado confirmó la validez de los actos administrativos, reafirmando la importancia de las obligaciones ambientales en la concesión de aguas.

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Modificado por última vez en Viernes, 15 Noviembre 2024 15:00