La prórroga automática de contratos estatales es considerada inconstitucional e ilegal, ya que va en contra de principios como la libre competencia y la transparencia. La perpetuidad en la prórroga de contratos es incompatible con el concepto de obligación y puede ser considerada contraria al orden público. Las partes tienen una amplia libertad para acordar la prórroga de un contrato, lo que refleja el principio de autonomía de la voluntad. Sin embargo, esta libertad está sujeta a las disposiciones legales y a la evaluación del interés público. La prórroga no puede ser considerada un derecho automático del contratista, lo que implica que la voluntad de las partes debe ser ejercida dentro de un marco legal y ético.