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Consideraciones de la CGR respecto a la congelación, disminución o condonación de intereses en la suscripción de acuerdos de pago en el Proceso Fiscal de Cobro Coactivo

Escrito por  Feb 09, 2024

A través del presente concepto, la CGR precisó que frente a la suscripción de acuerdos de pago en el Proceso Fiscal de Cobro Coactivo (PFC), con fundamento en lo expuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-237 de 2020, para que pueda haber una congelación, disminución o condonación de intereses se requiere la existencia de una norma habilitante que observe mínimos constitucionales, lo cual no ocurre en el cobro coactivo del valor de los títulos fiscales y de los interese moratorios que se causan a partir del día siguiente de su ejecutoria o de la fecha en que deba realizar el pago, según corresponda.

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Modificado por última vez en Jueves, 08 Febrero 2024 21:47