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CGR aclaró disposiciones sobre la suma de dinero que se recupera a través del Proceso Fiscal de Cobro Coactivo

Escrito por  Feb 08, 2024

A través del presente concepto la CGR aclaro que la suma liquida de dinero a recuperar a través del Proceso Fiscal de Cobro Coactivo (RFC), corresponde al valor probado del detrimento patrimonial del Estado o de la perdida, daño o deterioro (por causas distintas al desgaste natural) de bienes públicos y, por tanto, tiene el carácter de dineros o recursos públicos que se deben recuperar de manera total y no parcial. A la vez, se encuentra que las contralorías no pueden renunciar a su cobro total pues ello implicaría renunciar al cobro de un patrimonio público, máxime que se trata de recursos públicos con carácter de imprescriptibles.

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Febrero 2024 19:55