La Entidad precisa que adicional al deber de inscribir en el registro mercantil las páginas web, se debe suministrar información de transacciones económicas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), respecto de las páginas web y sitios de Internet de origen colombiano que operan en el Internet y cuya actividad económica sea de carácter comercial, financiero o de prestación de servicios.