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SuperSociedades absolvió consulta relacionada con la autorización previa en la composición de la propiedad de las compañías cuya actividad es la de prestar el servicio de ambulancia

Escrito por  Ene 22, 2024

Es la Superintendencia Nacional de Salud quien tiene que pronunciarse sobre lo que corresponda a esta inquietud, sin embargo, se hace énfasis en lo indicado en el Decreto 1080 de 2021. Si bien la Ley 1966 del 11 de julio de 2019 creó el Sistema Integrado de Control, Inspección y Vigilancia para el Sector Salud, del que forma parte esta Entidad, junto a las Superintendencias Financiera de Colombia, de Industria y Comercio y Nacional de Salud, cada una de estas entidades conserva la autonomía sobre sus propias actuaciones administrativas.

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Modificado por última vez en Domingo, 21 Enero 2024 22:55