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SSPD se refirió a las competencias que tienen tanto esta Entidad como la CRA sobre las Empresas de Servicios Públicos Mixtas

Escrito por  Oct 20, 2023

De acuerdo con lo previsto en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, a la CRA le asisten funciones de regulación del sector de agua potable y saneamiento básico, entre otras, la de expedir las metodologías y fórmulas tarifarias que los prestadores de dichos servicios deben aplicar al momento de calcular sus costos y cobrarlos en la tarifa por la prestación del servicio a sus usuarios. En ese sentido, sus atribuciones respecto de los prestadores de tales servicios se concentran en expedir normas de carácter regulatorio que los prestadores deben aplicar. Las competencias Constitucionales y legales de la SSPD se desarrollan a través de la inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento del régimen de los servicios públicos domiciliarios, al cual se encuentran sujetos los prestadores de tales servicios, en el marco de lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 142 de 1994.

Como las empresas de servicios públicos mixtas constituyen una categoría de “empresas de servicios públicos domiciliarios”, habilitadas para prestar servicios públicos domiciliarios, dichas empresas se encuentran sometidas: I) a la regulación que, para el efecto expidan las comisiones de regulación y, II) a la inspección, vigilancia y control de la SSPD, en cuanto al cumplimiento de las disposiciones que integran el régimen de los servicios públicos domiciliarios.

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