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Consejo de Estado avaló la legalidad de la Resolución, por la que, en cumplimiento de una orden judicial, el Ministerio de Transporte estableció la base gravable del impuesto de vehículos automotores para el año 2016

Escrito por  Ago 10, 2021

En la Resolución 5358 de 2015, MinTransporte fijó la base gravable del impuesto de vehículos automotores para la vigencia 2016. “Dicho acto fue demandado y mediante auto del 15 de febrero de 2016, el Ponente del asunto en la Sección Cuarta del Consejo de Estado lo suspendió en forma provisional y preventiva y le ordenó a la Ministra del ramo «asegurar el cumplimiento de esta orden

judicial, mediante las respectivas órdenes, instrucciones y demás medidas pertinentes para ese cometido» y advirtió que el Ministerio «conservaría sus competencias para cumplir lo ordenado por el artículo 143 de la Ley 488 de 1998 para el año 2016, en los términos expuestos en la parte considerativa» del auto”. “El 24 de febrero de 2016 el Ministerio expidió la Resolución 0000829, en la que estableció la base gravable del impuesto para el año 2016 y derogó la Resolución 5358 de 2015. La Sala declaró ajustada a derecho la Resolución 0000829 de 2016, porque se dictó en cumplimiento de una orden judicial que habilitó la competencia de la cartera de transporte para fijar de nuevo la base gravable del tributo en otra resolución, en la medida en que dispuso que la suspensión provisional de la Resolución 5358 de 2015 no limitaba dicha facultad. La Sala consideró que no había lugar a anular la Resolución 0000829, porque fue producto de una circunstancia concreta y especial de habilitación judicial para subsanar el defecto en la formación de la Resolución 5358 de 2015, sin alterar la materia regulada por la misma ni, menos aún, la causación legal del impuesto el 1 de enero de 2016, ante la propiedad o posesión de vehículos gravados a esa fecha”.

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Modificado por última vez en Martes, 10 Agosto 2021 07:52