El Ministerio de Ambiente despejó dudas sobre la prórroga y vigencia de los Planes de Manejo, Recuperación y Restauración Ambiental (PMRRA) en actividades mineras. Aunque el artículo 35 del Decreto 019 de 2012 permite la prórroga automática de licencias al solicitar su renovación a tiempo, el Ministerio subraya que los PMRRA, especialmente aquellos otorgados bajo la derogada Resolución 1197 de 2004, deben armonizarse con la Resolución 2001 de 2016, modificada por la Resolución 1499 de 2018. Esto implica que la duración máxima de estos planes es de cinco años, con una posible ampliación por la mitad del término inicial, y las autoridades ambientales deben modificar los instrumentos antiguos para que cumplan con las "idénticas condiciones" de la normativa vigente. Respecto a la comercialización de materiales, la derogación de la Resolución 1197 de 2004 y la subsiguiente armonización de los PMRRA implican que la viabilidad de dicha actividad debe ser verificada por la autoridad ambiental competente bajo la normativa actual, además de requerir el cumplimiento de la legislación minera, como el RUCOM.
El Ministerio de Ambiente explicó la interpretación sobre la exigencia de permisos de emisiones atmosféricas (PEA) para explotaciones mineras a cielo abierto, especialmente de material de arrastre. Previamente, una generalización del permiso causó cierres y cargas económicas a pequeños mineros en Tolima. Ahora, el Ministerio aclara que el PEA no es automático; su obligatoriedad depende de un análisis técnico que confirme la existencia de emisiones fugitivas significativas. La entidad enfatiza que el permiso y la modificación de licencias ambientales solo proceden ante la configuración de impactos adicionales o no previstos, desvinculando la exigencia de la sola actividad minera sin evaluación de impacto real.
El Ministerio de Ambiente publicó un proyecto de acto administrativo que adiciona términos de referencia específicos para el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en proyectos de pequeña minería. Esta medida busca facilitar la obtención de la Licencia Ambiental global o definitiva, reconociendo que los lineamientos genéricos anteriores generaban cargas desproporcionadas. La iniciativa responde a la Ley 2250 de 2022, que impone plazos de licenciamiento, y a la Sentencia C-280 de 2024, que exige incorporar criterios de cambio climático adaptados a la escala. El objetivo es fortalecer la calidad de los estudios, optimizar su evaluación y asegurar un control ambiental efectivo y proporcional a los impactos de esta actividad, permitiendo a los solicitantes adaptar la información y justificar omisiones pertinentes
La ANM publicó un proyecto de resolución para actualizar el procedimiento de la Audiencia Pública Minera, clave para el otorgamiento de títulos mineros. Esta iniciativa, fundamentada en directrices constitucionales y sentencias judiciales que exigen la participación ciudadana y la coordinación con autoridades territoriales, busca fortalecer el diálogo y la transparencia. El objetivo es asegurar una participación comunitaria real y efectiva, armonizar la legislación ambiental con los proyectos mineros, y optimizar la gestión de los recursos del Estado bajo principios de eficiencia, economía y transparencia. Se excluyen del alcance de estas audiencias figuras de formalización minera para pequeños mineros
La Agencia Nacional de Minería informó que el Auto GCM 572 del 11 de diciembre de 2025 fue notificado nuevamente mediante el Estado No. 042 del 4 de marzo de 2026. A través de este acto, el Grupo de Contratación Minera requirió a múltiples proponentes de contratos de concesión minera presentar la certificación ambiental expedida por la autoridad competente, como parte del proceso de evaluación. El documento debe radicarse en el sistema AnnA Minería y corresponde a trámites realizados en la plataforma VITAL del Ministerio de Ambiente. La entidad instó a los interesados a revisar el contenido del auto y cumplir el requerimiento dentro de los plazos establecidos.