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Lunes, 20 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Consejo de Estado denegó la tutela, pues las Resoluciones 463 y 519 de 2005 desconocieron la firmeza y carácter ejecutorio de la Resolución 2413 de 1993 y el Decreto Distrital 979 de 1997 sobre proyecto urbanístico que se realizaría.

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, estableció que la autoridad competente para expedir las licencias ambientales es la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá). Para sustentar su decisión, la normativa aplicable al trámite de las licencias ambientales, y la incidencia que las solicitudes de las sociedades, tienen frente a la delimitación del páramo Guantiva – La Rusia, y a la especial protección constitucional al ambiente.

A través del acto administrativo se da apertura al expediente SRF 519, el cual contendrá todas las actuaciones administrativas relacionadas con la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal Protectora Productora La Cuenca Alta del Río Bogotá, para el desarrollo del proyecto “Minería a cielo abierto de arcilla cerámica dentro del Título Minero 9098 (Placa FANO-01)”, en jurisdicción del municipio de Nemocón, Cundinamarca, por solicitud de la empresa SUMINISTROS DE COLOMBIA S.A.S.

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La ANLA iniciará el primer curso virtual de licenciamiento ambiental dirigido especialmente a autoridades municipales y regionales de las áreas en donde la ANLA ejerce control y seguimiento a proyectos que son de su competencia. Gracias al apoyo de la plataforma formativa del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, será posible intercambiar conocimiento, brindar herramientas de capacitación y colaboración a aquellos grupos de interés que tienen relación directa con la ANLA en temas de evaluación, seguimiento, control ambiental y desarrollo sostenible.

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, estableció que la autoridad competente para expedir las licencias ambientales es la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá). Para sustentar su decisión, la normativa aplicable al trámite de las licencias ambientales, y la incidencia que las solicitudes de las sociedades, tienen frente a la delimitación del páramo Guantiva – La Rusia, y a la especial protección constitucional al ambiente.