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Sábado, 23 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La ADR, en cumplimiento del principio de planeación que rige las actuaciones administrativas y atendiendo lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación y con el propósito de unificar la presentación de la documentación que se radique en la

Para la Sala, en torno al contrato de seguro, la prescripción consagrada en el artículo 1081 del Código de Comercio se refiere a la extinción del derecho, al paso que la caducidad de la acción contractual establecida en el Código Contencioso Administrativo implica la improcedencia de la acción, “por manera que la prescripción constituye una defensa de carácter renunciable,

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Consejo de Estado niega pretensiones de demanda porque la actora no demostró la existencia de una deuda a su favor derivada de la ejecución del contrato. “En el presente caso los contratos no fueron liquidados de común acuerdo o en forma unilateral, pero sí estaban sujetos a ese trámite”, a su vez, también en este caso, las partes pactaron un término para llevar a cabo la

La Sala advierte que la cláusula compromisoria del Contrato en cuestión no solo comprendía los litigios y controversias de carácter técnico, sino también aquellas relacionadas con “las controversias o diferencias relativas a la modificación del contrato de compraventa de caña de azúcar ya celebrado por las partes. “La cláusula compromisoria quedó redactada de