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Domingo, 12 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La Sala observa que el juez de segunda instancia modificó el amparo inicial, en tanto limitó su alcance a la expedición de los certificados de pago de dividendos de la señora accionista de Magnofarma S.A.S.; información que, consideró, debía ir acompañada con los “soportes documentales pertinentes y de las copias

El CSJ alega la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y de acceso a la administración de justicia, con ocasión de la decisión de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, del 6 de febrero de 2018, que determinó la nulidad del Acuerdo PSAA16-10548 de 2016,

La Sala concluye que el signo nominativo SANTA FE solicitado por la parte demandante para identificar servicios de la Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad, al configurarse una identidad ortográfica y fonética con la marca mixta SANTAFE y, adicionalmente,

La Sala considera que la palabra GLAMOUR, que compone la marca de la parte demandante, corresponde a una expresión evocativa, ya que sugiere indirectamente en la mente del consumidor la idea de que se trata de un producto con encanto sofisticado, elegante, relativo a la moda. Adicionalmente, ambas tienen clasificaciones distintas.

La Sala considera que existe riesgo de asociación y de confusión indirecta entre la marca mixta Jack & Brick y las marcas mixtas BRICK, cuyo titular es la parte demandante, motivo por el cual la marca Jack & Brick se encuentra incursa en la causal de nulidad en lo que respecta a la Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza (vestuario y calzado).