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Domingo, 26 Abril 2026

Edición 1628 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Un centro poblado consiste en los corregimientos, inspecciones de policía o caseríos con veinte (20) o más viviendas contiguas, localizados en la zona rural.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones, Andesco, ampliaron el plazo para la inscripción al “Reconocimiento a las mejores prácticas de servicio a usuarios”, hasta el próximo viernes 10 de julio, con el objetivo de extender la oportunidad a más empresas de presentar sus experiencias de atención ciudadana, accesibilidad y sostenibilidad.

El Consejo de Estado estableció que la actora no era usuario potencial del servicio de alumbrado público y además, no reside ni tiene establecimiento en esa jurisdicción: Toluviejo (Sucre).  La Administración liquidó el impuesto teniendo en cuenta la condición de gran contribuyente de la demandante. No obstante, debió expedir un acto previo en el que determinara la calidad de sujeto pasivo de la demandante, esto es, su calidad de usuario potencial, pues, en esencia, la demandante alega que no consume energía eléctrica en el Municipio.

El Consejo de Estado estableció que la competencia de las empresas prestadoras de servicios públicos sometidas al derecho privado, estas no pueden expedir actos administrativos encaminados a declarar el siniestro y a hacer efectiva la póliza de cumplimiento, por la clara razón de que sus actos y contratos se encuentran sometidos al régimen de derecho privado, tal y como lo expresa el artículo 32 de la Ley 142 de 1994, y el legislador no atribuyó excepcionalmente el ejercicio de la prerrogativa pública consistente en declarar el siniestro a través de un acto administrativo, por lo que una primera conclusión se impone: no existe una norma expresa que otorgue dicha prerrogativa de poder público.

La CRA publicó una presentación en donde establece las sobre las cuales se efectuará el estudio para determinar las fórmulas para la revisión de la metodología tarifaria aplicable a las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana, es el paso inicial del trabajo para la adopción de un nuevo marco tarifario.