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Martes, 09 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, los autogeneradores a pequeña escala (AGPE) podrán entregar sus excedentes de acuerdo con las siguientes alternativas: a un comercializador que atiende mercado regulado, directamente sin convocatoria pública, siempre y cuando no exista relación de control entre el comprador y el vendedor,

La norma corrige los periodos de giro relacionados en el artículo 1 de la Resolución 410885, debido a que se incluye el segundo trimestre de 2018 y en realidad en la distribución de subsidios realizada por la Dirección de Energía Eléctrica, no se reconocieron subsidios a ninguna empresa Prestadora de Servicio para ese periodo; modifica la cuenta bancaria para el giro de

La Entidad corrige el Anexo 1:"Cálculo Pago Parcial, 1er Trimestre 2020" de la Resolución 410560 del 25 de marzo de 2020, el cual quedará como el Anexo 1: "Cálculo Pago Parcial 1er Trimestre 2020" del memorando radicado 3-2020-015776 del 27 de octubre de 2020, el cual se anexa y hace parte integral de la presente Resolución.

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, los autogeneradores a pequeña escala (AGPE) tienen la obligación de reportar la capacidad instalada de su planta de autogeneración. Esta capacidad debe corresponder a toda la capacidad instalada.

La Corporación Declara la nulidad de las Resoluciones 1858-2010, y 007-2011, expedidas por el Departamento del Valle del Cauca a través de los cuales negó la solicitud que presentó la sociedad hidroeléctrica para que le fueran restituidos estos dineros. “Los hechos materia del proceso tienen origen en unas facturas que la empresa demandante expidió,