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Sección 2

Sección 2 (306)

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Para la sala, la corporación judicial accionada indicó que en torno al suceso existían varias hipótesis, entre estas, que la víctima manipuló los cables de alta tensión o que el incendio se originó por la cercanía de los cables al inmueble donde habitaba; sin embargo, coligió que

Respecto al elemento de subordinación, la Sala indicó que la actividad de auxiliar de enfermería y las tareas concernientes a este cargo no pueden ser consideradas como actividades esporádicas, en tanto que dicho tipo de labores son necesarias para la prestación eficiente del

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No obstante, agrega la providencia, aun cuando se acrediten los mencionados elementos del contrato de trabajo, lo que emerge entre el contratista y la entidad es una relación laboral, por lo que, en ningún caso, será posible darle la categoría de empleado público a quien prestó

“El régimen jurídico tiene previstas tres clases de vinculaciones con entidades del Estado: a) De los empleados públicos (relación legal y reglamentaria); b) De los trabajadores oficiales (relación contractual laboral) y, c) De los contratistas de prestación de servicios (relación

La Sala puntualizó que “el Código Sustantivo de Trabajo, en sus artículos 23 y 24, recoge a nivel legal, como elementos que configuran la relación laboral, los siguientes: I) la actividad personal del trabajador; II) la continuada subordinación o dependencia del trabajador

Agrega la providencia que “entendida ésta como la potestad que tiene el empleador para dar órdenes, en cuanto a cantidad, calidad y tiempo de trabajo, aplicar reglamentos e imponer sanciones al trabajador por el incumplimiento de sus funciones, situaciones que van en