y sanciones aplicables a los agentes retenedores, lo cierto es que, con posterioridad, las leyes 286 de 1996 y 632 de 2000, junto con las disposiciones que las reglamentaron,establecieron un procedimiento especial para que las empresas prestadoras de servicios públicos presentaran las conciliaciones contables que dan lugar a determinar el superávit que debe trasladarse a los fondos de solidaridad respectivos o a las entidades que señale el ministerio.