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Corte publica fallo que declaró exequible la facultad de la Supersociedades para remover administradores y limitó la designación de sus reemplazos

Escrito por  Feb 06, 2026

Aunque la decisión fue adoptada por la Sala Plena en junio de 2025, el texto íntegro de la sentencia solo fue hecho público el 4 de febrero, una vez culminó el proceso interno de firmas de los magistrados y las revisiones finales de estilo y coherencia propias de este tipo de providencias. En el fallo, la Corte Constitucional resolvió una demanda contra el numeral 4 del artículo 85 de la Ley 222 de 1995 y declaró exequible la facultad de la Superintendencia de Sociedades para remover administradores de sociedades sometidas a control cuando exista una situación crítica y se incumplan la ley, los estatutos o sus órdenes. No obstante, condicionó la norma al concluir que la Superintendencia solo podrá designar el reemplazo si la junta o asamblea de socios no lo hace dentro de un plazo razonable fijado en la providencia, con el fin de proteger la autonomía empresarial y los derechos de los socios.

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Modificado por última vez en Jueves, 05 Febrero 2026 21:35