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Consejo de Estado profundizó en la extensión y aplicación de las inhabilidades por corrupción en la contratación pública, que abarca a personas naturales, sociedades y grupos empresariales

Escrito por  Ene 21, 2026

La demanda buscó la nulidad de la expresión "ha actuado" contenida en el Decreto 1358 de 2020, que reglamenta inhabilidades para contratar con el Estado. El demandante alegaba que excedía la Ley 80 de 1993 al ampliar la restricción a sociedades donde personas condenadas por corrupción hubieran participado en el pasado, no solo en el presente. La Sala precisó que la inhabilidad se extiende de forma permanente a personas naturales responsables y a sociedades (matrices, subordinadas, sucursales) porque la Ley 2014 de 2019 modificó el régimen para afianzar la lucha contra la corrupción. Esta ley, en su Artículo 2, amplió la inhabilidad de manera permanente y la extendió a grupos empresariales cuando la conducta delictiva forma parte de una política del grupo, endureciendo las consecuencias para garantizar transparencia.

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Modificado por última vez en Martes, 20 Enero 2026 20:52