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Precisiones de la ANM sobre la aplicación del Estatuto Administrativo en los asuntos Mineros y la oportunidad y presentación de recursos vía gubernativa

Escrito por  Ene 13, 2026

La ANM precisa que, en asuntos mineros, los recursos se rigen por el Estatuto Administrativo, debido a la falta de regulación específica en el Código de Minas. A partir del 2 de julio de 2012, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA - Ley 1437 de 2011) aplica a procedimientos nuevos, estableciendo 10 días para la interposición de recursos. Actuaciones iniciadas antes de esa fecha culminan bajo el Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), con 5 días para recursos. Se aclara que los actos por desconcentración (ej. Vicepresidencias ANM) o delegación de la Presidencia generalmente solo son susceptibles del recurso de reposición, sin apelación.

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Modificado por última vez en Lunes, 12 Enero 2026 17:35