La CRA precisó que es jurídicamente viable y obligatorio aplicar un cálculo diferenciado para los cargos complementarios y suntuarios a todos los prestadores de acueducto, incluidos los pequeños bajo la Resolución CRA 825 de 2017. Esta obligación se fundamenta en la Resolución CRA 750 de 2016 (compilada en CRA 943/2021). La normatividad complementaria incluye la Resolución CRA 825/2017 para costos de referencia, Art. 2.6.1.3 y 2.6.1.4 de la CRA 943/2021 para rangos, Art. 2.4.3.4 de la CRA 151/2001 para la fórmula de cálculo, y Art. 89 de la Ley 142/1994 para subsidios. Los procedimientos adicionales requieren elaborar el estudio de costos, someterlo a aprobación de la junta directiva, reportar a la SSPD y socializar con los usuarios.