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Superávits del sector de agua potable y saneamiento básico podrán destinarse a financiar actividades del servicio de aseo

Escrito por  Jul 28, 2020

De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto Legislativo 580 de 2020, los superávits del sector de agua potable y saneamiento básico podrán destinarse a financiar actividades del servicio de aseo que no estén cubiertas en la tarifa y que tengan relación directa con la atención de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, específicamente,

para la financiación de actividades y artículos de bioseguridad, de acuerdo con los lineamientos que a tal efecto expida el Gobierno nacional. 

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