La Sala Plena de la Corte Constitucional adoptó una decisión en maro de 2026, cuyo fallo fue divulgada recientemente, una vez culminó el proceso interno de revisión y suscripción del texto definitivo de la sentencia. En la Sentencia el Alto Tribunal declaró inexequibles las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 que derogaban la prohibición establecida en las Leyes 142 y 143 de 1994 para que Interconexión Eléctrica S.A. (ISA), empresa encargada de la transmisión e interconexión del sistema eléctrico nacional, participara en actividades de generación, comercialización y distribución de energía. La Corte concluyó que dichas derogatorias fueron incorporadas al trámite legislativo sin la deliberación exigida por los principios de consecutividad e identidad flexible, al introducirse en segundo debate sin una discusión específica y sin resolver las proposiciones que buscaban eliminarlas. Además, determinó que la medida vulneró el principio de unidad de materia, al no demostrar una relación directa e inmediata con los objetivos, estrategias e inversiones del Plan Nacional de Desarrollo. Por ello, ordenó la reviviscencia de las normas derogadas, con el fin de preservar el diseño institucional y las reglas de competencia definidas por el legislador para el mercado eléctrico colombiano.