El Ministerio de Ambiente aclaró que la obligación de formular, presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) e implementar el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases, Empaques y productos plásticos de un solo uso recae exclusivamente sobre los productores, definidos como quienes fabrican, ensamblan, remanufacturan o ponen en el mercado estos productos bajo su marca para el consumidor final. La responsabilidad no aplica a empresas que solo adquieren y utilizan dichos envases. La ANLA es la entidad encargada de la vigilancia y seguimiento del cumplimiento de estos planes, conforme a la Resolución 803 de 2024 y la normativa vigente, buscando promover la gestión ambiental y economía circular en la cadena de producción y manejo de residuos plásticos.