Este fallo corresponde a una decisión adoptada por la Corte en febrero de 2025, pero el texto del fallo ha sido dado a conocer recientemente. La Corte declaró la inexequibilidad diferida del artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 porque consideró que otorgar facultades extraordinarias al Presidente para expedir un régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas implicaba la adopción de un código completo, lo cual es competencia exclusiva del Congreso según el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución. Esta habilitación transgredía la reserva estricta de ley y desconocía una indicación expresa de la Corte en la Sentencia C-441 de 2021, que ordenaba al Congreso expedir dicho régimen de manera formal y sistemática. Por consiguiente, también declaró inconstitucional el Decreto Ley 920 de 2023, expedido en virtud de estas facultades ilegítimas. No obstante, la Corte diferió los efectos hasta el 20 de junio de 2026 para que el Congreso adopte la ley correspondiente; si no lo hace, la inexequibilidad surtirá efectos plenos a partir del 21 de junio de 2026.