La Corte examinó la constitucionalidad de ciertas disposiciones del artículo 1080 del Código Civil relacionadas con el testamento cerrado y su aplicación a personas en situación de discapacidad. La Alta Corte determinó que las exigencias de los términos "declarando de viva voz" y "de manera que el notario y los testigos lo vean, oigan y entiendan" eran discriminatorias, ya que limitaban los derechos de las personas con discapacidades sensoriales.
La Corte subrayó que, bajo el modelo social de discapacidad, las restricciones sensoriales no pueden ser un obstáculo para la capacidad legal de estos individuos. Asimismo, destacó que los testimonios de personas con discapacidad, ya sea como notarios o testigos, deben ser considerados válidos, siempre que se implementen ajustes razonables que aseguren la comprensión efectiva del acto testamentario.
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