La CRA indica que la legalidad de la construcción de viviendas sin la presentación del proyecto de la PETAR y los estudios requeridos ante la Autoridad Ambiental depende de la normativa vigente y de las competencias de las entidades involucradas. La responsabilidad de supervisar y regular estas actividades recae en las autoridades locales, como el Concejo Municipal y la Personería Municipal, quienes deben garantizar el cumplimiento de los procedimientos legales y ambientales.
En cuanto a la falta de solicitud de suspensión de las obras, la CRA sugiere que esto debe ser evaluado por las autoridades competentes, quienes tienen la facultad de tomar decisiones sobre la continuidad de las actividades constructivas. Además, se deben considerar las posibles violaciones a normas penales y disciplinarias que podrían haber cometido los servidores públicos involucrados, lo que también es un asunto que debe ser investigado por las autoridades pertinentes.
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