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Consejo de Estado confirmó que la ANM no incumplió el contrato de concesión minera tras la delimitación del Páramo del Altiplano Cundiboyacense mediante el acto proferido por parte de la autoridad ambiental

Escrito por  Feb 21, 2025

El Consejo de Estado determinó que la Agencia Nacional de Minería (ANM) no incumplió el contrato de concesión minera al reducir el área de explotación debido a la delimitación del páramo del altiplano cundiboyacense. La autoridad ambiental, a través de la Resolución 1770 de 2016, delimitó el páramo, generando una superposición del 64.1% con el área concesionada, lo que llevó a la ANM a prohibir el desarrollo de actividades mineras allí mediante el auto PARN-2729 del 14 de septiembre de 2017.

El Alto Tribunal precisó que la ANM no estableció la prohibición, sino que actuó en cumplimiento de la norma y las disposiciones del Código de Minas, que establecen la suspensión de actividades en áreas de reserva ambiental. Además, se afirmó que no derrotó derechos adquiridos del demandante, ya que en el momento de la firma del contrato existía una protección legal de los páramos. A pesar de que el área remanente del contrato era susceptible de explotación, el demandante no demostró la imposibilidad de continuar con la ejecución del contrato, lo que refuerza la decisión del tribunal de no validar la demanda por incumplimiento de la ANM.

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Modificado por última vez en Jueves, 20 Febrero 2025 18:43