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CREG preció el marco jurídico aplicable a la Integración de Fronteras Híbridas en Generación y las reglas para PCH y Proyectos solares

Escrito por  Feb 10, 2025

La CREG) explicó el marco jurídico para la integración de tecnologías en la frontera híbrida de generación, específicamente para pequeñas centrales hidroeléctricas (PCH) y proyectos solares. Destaca que las reglas de conexión y operación son diferentes para cada tipo de tecnología. Para la conexión de plantas solares al Sistema de Transmisión Nacional (STN), se aplican las Resoluciones CREG 060 de 2019 y 024 de 1995, mientras que para las PCH existen también otras resoluciones específicas. La regulación contempla compartir activos de conexión entre plantas despachadas centralmente, pero no existe regulación específica para plantas no despachadas. Por lo tanto, se requiere realizar un proceso independiente para la asignación de capacidad de la planta solar. Además, se establece que las plantas despachadas centralmente son las que pueden participar en el mercado y ofertar energía, resaltando la obligatoriedad de cumplir con parámetros técnicos y de disponibilidad diarios.

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Modificado por última vez en Domingo, 09 Febrero 2025 19:10