Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Texto del fallo de la Corte: no se vulnera el derecho a la intimidad cuando se permite que las autoridades disciplinarias accedan a información privada y reservada, bajo condiciones que permitan su protección

Escrito por  Sep 27, 2024

La Sala analizó la necesidad de equilibrar el derecho a la intimidad con los fines de la investigación disciplinaria, así como la obligación de las autoridades de actuar dentro de los límites legales y constitucionales. Finalmente, la Corte declaró la exequibilidad del artículo 189 de la Ley 1952 de 2019, concluyendo que, aunque la norma permite el acceso a información privada, este acceso debe ser realizado con respeto a los derechos fundamentales y bajo condiciones que aseguren la protección de la intimidad de las personas.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 26 Septiembre 2024 21:58