Los contratos SAFE, entendidos como mecanismos de financiación de nuevas empresas podrían ser validos en virtud de la autonomía de la voluntad de las partes y siempre que cumplan con los requisitos de validez establecidos en la ley para la celebración de contratos. Por su parte, los contratos que se pretendan suscribir deberán observar los requisitos de validez de los contratos consignados en la ley, sin que esta entidad se pueda pronunciar de manera adicional al respecto, pues no es de competencia de la misma, en instancia consultiva, estudiar la validez de los contratos privados.