La Corporación amparó el derecho fundamental de petición frente a: 1. La falta de notificación de la respuesta emitida por la Contraloría General de la República, para que se remita correctamente y se surta el respectivo trámite, para lo cual se concede para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, computadas a partir de la notificación de la presente decisión; 2. Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt surta el trámite legal correspondiente del artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, esto es: i) verificar si hubo subsanación a la solicitud presentada por el señor Ericsson Ernesto Mena Garzón, en cuyo caso deberá tramitar el escrito del accionante, o ii) proferir decisión decretando el desistimiento tácito, el cual debe estar debidamente motivado y notificado al peticionario.