Al trámite de las Peticiones, Quejas y Recursos (PQR´s) en materia de servicios públicos domiciliarios le será aplicable, por especialidad, la Ley 142 de 1994 y por remisión expresa (en lo que corresponde a su trámite), la Ley 1437 de 2011, actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA); es decir, cuenta con un procedimiento gobernado por la norma especial, y en lo no reglamentado y/o por expresa disposición normativa, por el procedimiento general administrativo.